La nueva creación del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), es sin duda un tema de lo más relevante en los cambios fiscales aplicables para el siguiente ejercicio fiscal, el cual entra en vigor a partir del 1 de enero de 2022.
¿Quiénes podrán incorporarse?
Las Personas Físicas que en el ejercicio inmediato anterior la totalidad de sus ingresos no exceda de 3.5 millones de pesos. Más específicamente, quienes pueden incorporarse a este régimen, son las personas físicas que:
- Realicen actividades empresariales o profesionales.
- Otorguen uso o goce temporal de bienes.
- Quienes inicien actividades, solo si el ingreso proporcional anual no excede dicho monto.
Así mismo, las Personas Morales únicamente constituidas por personas físicas que cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan de la cantidad de 35 millones de pesos o que inicien actividades y estimen que sus ingresos totales no excederán de la cantidad referida.
Beneficios de éste régimen
Algunos de los beneficios de este régimen son que las tasas impositivas serán mínimas, establecidas de acuerdo a los ingresos de los contribuyentes. La tasa mínima será de 1% y la máxima de 2.5%.
Quienes tributen en este nuevo esquema deberán presentar el pago mensual de ISR mediante la declaración “ISR simplificado de confianza” a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior.
Una de las novedades de este régimen es que la declaración mensual se encontrará pre llenada con la información de los CFDI que fueron expedidos en el periodo.
Si quieres conocer más de éste nuevo régimen o tienes dudas de cómo incorporarte, contáctanos al correo consultores@jatcorporativo.com sin duda podremos ayudarte.